Para el juez de Corral de Bustos lo que interesa es "el fin de comercializar al menudeo" y no la cantidad de ventas de estupefacientes que se concreten

Dicha resolución se dictó en respuesta a lo peticionado por los abogados defensores de ocho de los nueve imputados en la causa, quiénes habían presentado sendos planteos de incompetencia material, sosteniendo que la investigación debía ser remitida a la Justicia Federal. En la presentación, los letrados señalaron que sus defendidos formaban parte de una organización y que "movían, distribuían y vendían 'muchos más estupefacientes en cantidad que sobrepasan los límites que fundamentan la competencia provincial, es decir… una hipótesis distinta a lo que se entiende por narcomenudeo".
El juez resaltó que las leyes vigentes en materia de narcotráfico "no fijan un límite a partir del cual, una cantidad mayor de actos individuales de comercialización o una cantidad mayor de sustancia comercializada o una cantidad mayor de dinero recaudado en esa actividad, o una cantidad mayor de sustancia que el imputado haya adquirido en las oportunidades en que se abasteció, deba significar la aplicación de un tipo penal diferente al de la comercialización de estupefacientes en dosis destinadas directamente al consumidor". Además, enfatizó que lo que interesa para fijar la competencia provincial es el fin de comercializar al menudeo y no la cantidad de ventas que se realicen.
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