jueves, 8 de junio de 2017

Humor Cordobés Patrimonio Cultural Intangible

La Legislatura de Córdoba declaró al "Humor Cordobés" parte integrante del patrimonio cultural intangible en los términos de la Ley Nº 9729, propiciando que todas las actividades culturales, académicas, artísticas y educativas relacionadas sean declaradas de Interés Provincial.
Provinciales- La Legislatura de Córdoba declaró al "Humor Cordobés" parte integrante del patrimonio cultural intangible en los términos de la Ley Nº 9729, propiciando que todas las actividades culturales, académicas, artísticas y educativas relacionadas sean declaradas de Interés Provincial.
Se entiende por Humor Cordobés a los relatos hablados, escritos o cantados, a las actuaciones, filmaciones, caricaturas, imágenes, canciones, chistes, retruécanos, juegos de palabras y toda otra exteriorización que de manera graciosa, irónica o paródica y en forma sana, no discriminatoria, ni ofensiva, ni sexista sean compuestos y expresados con el propósito de provocar risa y alegría, y muy especialmente cuando en los mismos se haga referencia o se resalte la tonada cordobesa, paisajes, costumbres, cultura, personajes e historias de la Provincia de Córdoba o sus regiones.
Además se declara de Interés Provincial la promoción, fomento y facilitación del desarrollo de toda actividad cultural, académica, artística y educativa relacionada con humor cordobés.
El proyecto de Ley, también afirma que los programas de promoción turística deben incluir al humor cordobés como uno de los atractivos de la Provincia.

No hay comentarios: