Deán Funes - El Concejo Deliberante de Deán Funes le solicitará al Intendente Municipal que explique los motivos que dieron origen a la compra, de bolsones del Programa de Emergencia Alimentaria, al Proveedor Sr. Horacio Sabadini.
La Ordenanza Nº 2219 promulgada por decreto Nº 754 de fecha 22/12/2009, establece que “aquellos proveedores del estado municipal, que haya recibido más de una sanción en el transcurso de los últimos dos años, en el cumplimiento de sus obligaciones como contratistas y/o proveedor del estado municipal”, no podrán ser contratistas ni proveedores de la Municipalidad.
Mediante los Decretos Nº 415 y 537, se le adjudican las mencionadas compras al Sr. Sabadini, haciendo caso omiso a los decreto Nº 357 de fecha 31/10/2008 y decreto Nº 267 de fecha 19/6/2009, por los cuáles se le aplicaran sanciones y, en consecuencia, estaría incurso dentro de la incompatibilidad para ser proveedor.
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