viernes, 13 de diciembre de 2024

𝗘𝘅𝘁𝗶𝗲𝗻𝗱𝗲𝗻 𝗹𝗮 𝗳𝗲𝗰𝗵𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗲𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗲𝘂𝗱𝗮𝘀 𝗶𝗺𝗽𝗼𝘀𝗶𝘁𝗶𝘃𝗮𝘀 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗲𝗻 𝟭𝟴 𝗰𝘂𝗼𝘁𝗮𝘀

El beneficio extraordinario estará vigente hasta el 31 de enero de 2025. Es para el pago de deudas que se encuentren vencidas al 31 de octubre del corriente año y alcanza a todos los impuestos provinciales. La adhesión al plan se puede tramitar en la web de Rentas.

Provinciales- La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia extendió el plazo para el pago de deuda vencida de multas e impuestos provinciales inmobiliario (urbano y rural), automotor, embarcaciones e ingresos brutos.

El beneficio extraordinario, que finalizaba este martes, estará vigente hasta el 31 de enero de 2025 y fue publicado hoy en el Boletín Oficial.

La medida brinda a los contribuyentes distintos plazos para abonar sus deudas vencidas, pudiendo elegir entre las tres cuotas sin interés y 18 cuotas con una tasa mensual del 1,5%.

Además, no se exigen anticipos; es decir que el plan queda conformado con el pago de la primera cuota.

Los puntos más salientes son:

✔️ Se podrá incluir deuda vencida al 31 de octubre de 2024.

✔️ De este modo, ahora se pueden tener más de dos planes de pago activos.

✔️ Beneficio excepcional: interés de financiación reducido de acuerdo a la cantidad de cuotas.

✔️ El beneficio estará vigente hasta el 31 de enero de 2025.

✔️ La adhesión al plan se puede tramitar en la web de Rentas.

Las vías de contacto para recibir asesoramiento personalizado son:

Chat en Línea, ingresando rentascordoba.gob.ar
Facebook, ingresando a RentasCba
Rentas Te Llama 0800.444.8008, opción 4.

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