jueves, 18 de octubre de 2018

Viajes estudiantiles: es ilegal el cobro retroactivo de aumentos

La Dirección de Defensa del Consumidor registró 25 denuncias en los últimos días por el rubro "Viajes y Turismo para Egresados". La Ley establece que el pago de cada una de esas cuotas abonadas libera al usuario de posteriores reclamos.
Provinciales- A raíz de un incremento en las denuncias registradas en el rubro "Viajes y Turismo para Egresados", la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, informa que el cobro retroactivo de aumentos en cuotas ya abonadas por la suba del dólar, no está permitida en la Ley de Defensa del Consumidor.
En los últimos días, se recibieron 25 denuncias, cuyos viajes tienen como destino Cuba o Brasil, para el año 2018 y 2019. Las mismas, se basan en aumentos en cuotas restantes de contratos y, en algunos casos, en solicitud de pagos retroactivos de cuotas abonadas.
Del total de denuncias recibidas, 13 fueron conciliadas y las restantes se encuentran en trámite.
Frente a ello, el organismo provincial, informa:
1- Es ilegal el cobro retroactivo de aumentos en cuotas ya abonadas, por la suba del dólar. Ello viola el Art. 19 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y sus modificatorias. En este sentido, el pago de cada una de esas cuotas abonadas libera al usuario de posteriores reclamos. Por lo tanto, reclamar ajustes está prohibido y no se puede violar el principio de la irretroactividad.
2- En casos donde el contrato prevé actualizaciones de cuotas, el mismo, debe prever parámetros ciertos, claros y precisos en base a los cuales se producirán tales aumentos. Ello hace a la información que se le brinda al usuario, eje central de la Ley de Defensa del Consumidor. Además, dicha cláusula no debe ser gravosa, de manera tal, que perjudique notoriamente al usuario frente a la prestadora del servicio colocándolo en una situación de vulnerabilidad, perjudicando sus derechos económicos en la relación de consumo.
En caso de darse éste supuesto, dichas cláusulas pueden ser consideradas abusivas, siendo pasibles, aquellas firmas que las incluyan en sus contratos, de sanciones previstas en el Art. 47 de la Ley 24.240.
Recomendaciones:
No contratar con empresas de turismo que no estén habitadas por el Ministerio de Turismo de la Nación.
Está prohibido celebrar contratos cuyo viaje se realice dentro de más de dos años desde la fecha de contratación.
Por consultas o denuncias
Telefónicamente al 0800- 444 – 5698
Dirección: Tucumán 176, ciudad de Córdoba
Por correo electrónico: defensadelconsumidor@cba.gov.ar

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