Solo deberán tramitarla los titulares que no hayan percibido su prestación luego de un período mayor a tres meses consecutivos por incompatibilidad o debido a algún inconveniente.
Para realizar este trámite, el titular, curador, tutor o apoderado deberá solicitar un turno al teléfono gratuito 130, o bien, desde www.anses.gob.ar, sección Accesos Rápidos, opción Turnos, y elegir Trámites Jubilados y Pensionados, Repago. Posteriormente, deberá ingresar CUIL y nombre y apellido del titular y CUIL del apoderado (opcional).
En caso de que la persona se encuentre en el exterior, deberá efectuar la activación, presentando el reclamo a través de un apoderado físico o representante de la entidad habilitada para el pago (si posee a un banco como apoderado para percibir). En ambos casos, tendrá que adjuntar el Certificado de Supervivencia del jubilado o pensionado, extendido por el consulado argentino del país de residencia.
Es importante destacar que el titular y su grupo familiar deben tener actualizada su información en la base de datos de la ANSES.
Documentación a presentar
Del titular
• DNI
• Formulario PS.6.236 Reclamo de Haberes.
• Documentación inherente a la causa que generó la suspensión.
Del representante
• DNI
• Formulario PS.6.4 Carta Poder para tramitar o poder general otorgado por Escribano, solo en el caso que no figure en el recibo de cobro.
• Formulario PS.6.236 Reclamo de Haberes.
• Certificado de Supervivencia del titular de la prestación:
a) si reside en el país, tiene una validez de 5 días corridos.
b) si reside en el exterior, tiene una validez de 60 días corridos, y debe estar emitido por autoridad consular.
c) si se encuentra internado, debe estar emitido por el Director, Administrador o Gerente del lugar de internación, con firma y sellos del nombre y cargo de la autoridad y de la institución.
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