Nacionales-
La Secretaría de Industria, por Resolución Nº 34/2013 publicada en el
Boletín Oficial, estableció que los organismos certificadores para la comercialización
de bicicletas nuevas deberán remitir en el plazo de 48 horas una copia del
cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad que emitan, a la
Dirección Nacional de Industria.
Explica
que ello obedece a la necesidad de reorganizar la información incluida en el
Registro de Organismos Certificadores y Laboratorios, con la finalidad de
contar con nuevos datos que permitan mejorar y dotar de mayor celeridad al
procedimiento de evaluación de las solicitudes originadas en el marco del Régimen
de certificación obligatoria de requisitos esenciales de seguridad para la
comercialización de bicicletas nuevas en el Territorio Nacional.
Con
ello, además –agrega- se podrá elaborar estadísticas que redunden en un mejor
aprovechamiento de la información volcada en dicho Registro.
La
resolución lleva la firma de Javier Rando,
Secretario de Industria del Ministerio de Industria.
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