viernes, 5 de abril de 2013

Prohíben el uso y comercialización de cosméticos capilares marca Touch

Noticias de Deán Funes y del Norte de Córdoba 
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Nacionales- A través de la Disposición 1786/2013, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Departamento de Inspecciones - Productos Cosméticos del Instituto Nacional de Medicamentos (Iname) prohibió la comercialización y el uso en  todo el territorio nacional de los productos rotulados como Touch – Vital Keratin Ceniza-Reestructurante (sic) Intensivo Termoactivo- Anti Frizz- Cenizador-Uso Capilar X 350 CC; Touch Vital Keratin- Reestructurante (sic)  Intensivo Termoactivo -Anti Frizz -Uso Capilar X 350 CC; Touch Alisado-Alisa Desvoluminiza -Uso Capilar- Cont. Neto 350CC; Touch Alisado Ceniza-Alisa Desvoluminiza y Tonaliza los Cabellos Rubios-Uso Capilar Cont. Neto 350 CC, que figuraban en el siguiente sitio web: http://articuIo.mercadolibre.com.ar/MLA-437699767-shock-de-queratina
El Servicio de Inspecciones adquirió muestras de cada uno de los productos publicitados en la página web para su análisis, coordinándose el retiro de los mismos en el domicilio de de la calle Juan B. Ambrosetti 293, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
“La funcionaria interviniente le solicitó a quien la atendiera que le remitiera algún comprobante de pago y/o factura, respondiendo que no contaban con ningún tipo de comprobante para emitir. Que asimismo informa que los productos adquiridos carecen de datos de elaborador y/o responsable de la comercialización, número de lote y fecha de vencimiento”, afirma la disposición.
El Iname, mediante la consulta en la base de admisión de productos cosméticos corroboró que no se encuentran antecedentes de inscripción ante la Anmat de los productos cosméticos mencionados, ni otro que responda al nombre y/o marca TOUCH.
El Servicio de Inspecciones remitió muestras de los citados productos a la Coordinación Técnica del Iname para su análisis fisicoquímico, relacionado a la investigación de formol en su composición.
“El Departamento de Física y Química informa que todos los productos objeto de análisis contienen una concentración de formaldehído mayor a la permitida por la Disposición ANMAT Nº 2341/02, anexo II, Nº de orden 5, como conservante en productos. El Departamento de Inspectoría - Productos Cosméticos del Iname informa que mediante nota Nº 43/13 de fecha 05/02/2013, se formuló la denuncia penal ante la Comisión de Fiscales Creada por la Resolución 54/97 de la P.G.N., en virtud de los artículos 174, siguientes y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación”, indica la disposición.
Además, los productos referidos carecen de rotulado obligatorio, datos de elaborador y/o responsable de la comercialización, número de lote y fecha de vencimiento y de toda información acerca del contenido, uso y efectos del cosmético publicitado.
La Disposición lleva la firma del titular del Anmat, Otto A. Orsingher.

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