Diario Así Somos - El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos,
Ricardo Echegaray anunció la creación de un registro obligatorio de las
operaciones de compraventa de bienes usados, en el que se detallarán artículos,
cantidades y montos de las transacciones y la identificación de los
proveedores.

El
Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables es obligatorio
para la comercialización de autopartes y repuestos para automóviles, motos y
máquinas en general; equipos de telefonía móvil (celulares, “smartphones”,
etc.), productos de computación y sus accesorios, electrónica y joyas.
“Aplicamos
la inteligencia fiscal. Con este registro podremos realizar la trazabilidad de
los productos a lo largo de la cadena de comercialización para poder
diferenciar a aquellos que operan dentro de la ley de aquellos que no lo hacen.
Queremos combatir la evasión fiscal y la deslealtad comercial en el mostrador”,
destacó Echegaray.
El
funcionario anunció hoy la medida en la 322° reunión de los Consejos
Consultivos de la AFIP, que se llevó a cabo en Paraná y que contó con la
presencia del gobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri y más de cien
representantes del sector privado. Los consejos consultivos son ámbitos de
discusión donde los funcionarios y las entidades privadas analizan los temas
técnicos del ámbito aduanero, impositivo y de los recursos de la seguridad
social.
“Es
una política de Estado combatir la evasión fiscal y informalidad comercial, por
eso, con esta medida, vamos a trabajar en conjunto con otras áreas de
gobierno y cada irregularidad que detectemos vamos a informarla al
Ministerio de Seguridad, la Secretaría de Comercio Interior, la Comisión
Nacional de Comunicaciones, las entidades financieras y autoridades
provinciales”, detalló el administrador federal.
El
registro será obligatorio y los sujetos deberán presentar la información
mediante aplicación “web” de la AFIP. Asimismo deberán informar el “inventario
inicial”. El organismo podrá determinar en forma sistémica el inventario
de cada sujeto.
Aquellos
que no estén incluidos en el registro podrán percibir una retención de hasta un
21 por ciento en el IVA y del 35 por ciento en el impuesto a las ganancias.
El
régimen contempla la incorporación de la Factura Electrónica de aquellos
que comercializan estos bienes usados (autopartes, telefonía móvil,
computación, electrónica, joyas) cuando no realicen las ventas a consumidores
finales en el local.
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