diarioasisomos.com.ar / asisomos.tk (miércoles 1 de junio de 2011) Fuente: Noticias del Congreso Nacional… El expediente que consiguió la media sanción del Senado el 25 de agosto de 2010 ya tiene dictamen favorable de las comisiones de Salud, de Prevención de Adicciones y de Comercio. Sólo resta la firma de Presupuesto y Hacienda, comisión presidida por Gustavo Marconato.
El proyecto antitabaco establece la prohibición total de fumar en ambientes públicos y lugares de trabajo; impide la publicidad, promoción o patrocinio de actividades por empresas tabacaleras; y obliga a los fabricantes a incluir mensajes que alerten sobre los efectos que causa el cigarrillo en los envases de sus productos junto con imágenes alusivas: el mensaje ocupará mitad inferior de una de las superficies principales, mientras que la imagen tomará el mismo espacio de la otra superficie exterior.
Tampoco se podrán utilizar expresiones como “light”, “suaves” u otras “que creen la falsa impresión de que un producto con tabaco es menos nocivo que otro”. En uno de los laterales del paquete deberá incluirse “información sobre el servicio gratuito para dejar de fumar que suministre el Ministerio de Salud”.
La norma también prohíbe “el auspicio y patrocinio de marca en todo tipo de actividad o evento público, y a través de cualquier medio de difusión”, así como la venta de productos elaborados con tabaco a menores de 18 años. Asimismo se prohíbe la venta por unidad, ya sea por medio de máquinas expendedoras o “por cualquier otro método”.
No se podrá fumar en lugares de trabajo cerrados ni en cualquier espacio cerrado destinado al acceso de público. El texto aclara que las personas no fumadoras “tendrán derecho de exigir al responsable del local que conmine al infractor a cesar en su conducta”.
Sin embargo, la ley exceptúa a algunos sitios de la restricción: los patios, terrazas, balcones y otras áreas al aire libre, salvo en “establecimientos de salud o de enseñanza primaria y secundaria”, así como en “clubes de fumadores o tabaquerías con áreas especiales”.
La normativa establece además fuertes sanciones, con multas que van desde un valor equivalente al precio de venta al público de 250 a un millón de paquetes de cigarrillos tomando como referencia el de mayor valor comercializado en el país.
Puntos centrales de la ley antitabaco…
-Crea lugares 100% libres de humo.
-Prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco.
-Prohíbe el uso de los términos como "Light", "Suave", “Milds” o "bajo en contenido de nicotina".
-Regula la composición de los productos elaborados con tabaco.
-Prohíbe la venta a menores de 18 años.
-Limita los lugares de expendio.
-Prohíbe la venta por unidad.
-Los envases deberán contar con leyendas e imágenes que adviertan los peligros del tabaco.
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