viernes, 23 de mayo de 2014

A partir del 30 de mayo sin casco no hay venta de nafta

Noticias de Deán Funes y del Norte de Córdoba

Deán Funes- A partir del 30 de mayo comienza a regir en la ciudad de Deán Funes la ordenanza que prohíbe la venta de combustible en las estaciones de servicio a los conductores de motos y ciclomotores y su acompañante que no usen el casco.
La Secretaria de Gobierno a través de la Dirección de Seguridad Ciudadana, recuerda a los vecinos que, conforme a lo dispuesto por el Concejo Deliberante de nuestra ciudad en la Ordenanza Municipal N° 2560 sancionada a los 28 días del mes de abril del año 2014 y que entrará en vigencia a partir del día 30 de mayo del año en curso, se establece que:
Art. 1° “Prohíbase el expendio de combustible en las estaciones de servicio dentro del ejido municipal de la ciudad de Deán Funes a conductores de ciclomotores y/o motocicletas y su acompañante (si lo hubiere), que concurran sin el uso del respectivo casco de protección”.
Art.2° “Sancionase a las estaciones de servicio que incurran en falta al artículo primero de la presente Ordenanza, con una multa equivalente a cien litros (100 Lts.) de nafta súper a cargo del propietario de la estación de servicio; para el supuesto de primera reincidencia por parte de los mismos, serán pasibles de una multa de doscientos (200 Lts.) de nafta súper y clausura por el término de tres (3) días consecutivos, y así sucesivamente por reincidencia.
Además se informa que a partir del día lunes 26 de mayo aquella motocicleta que no posea los espejos también quedará en resguardo municipal. 

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