Noticias de Deán Funes y del
Norte de Córdoba
La ordenanza
fue aprobada con algunas modificaciones y establece la prohibición de carga de
combustible para los ciclomotores y motocicletas cuyos conductores y
acompañantes concurran a la estaciones de servicio sin el casco protector. La
medida establece multas equivalentes a 100 Lts de nafta súper al propietario de
la Estación de Servicio, en caso de repetir la infracción, la sanción será de 200
lts, si es reincidente aparte de esto último, se le suma la suspensión de la actividad
del comercio por tres días y así sucesivamente.
También
establece y se solicita la exposición de cartelería visible, permanente y
obligatoria informando a ceca de esta nueva medida.
"Este
proyecto a surgido de la necesidad imperiosa de todos los ciudadanos de cuidarnos entre todos",
explicaba la Concejal María Ángeles Tabletti.
La entrada de vigencia
será a los 15 días de promulgada la ordenanza para dar lugar a la publicación y
difusión de esta medida para que los usuarios de estos vehículos y los
propietarios de las estaciones de servicio tomen conocimiento.
El contralor
estaría a cargo de los inspectores municipales y la policía.
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