Para promover la asistencia
integral de las víctimas de la trata de personas, su re-vinculación y
re-integración social, laboral y familiar, la Secretaría de Asistencia y
Prevención de la Trata de Personas emitió hoy en el Boletín Oficial una
resolución que establece que puede otorgar ayudas económicas y/o becas a
personas que hayan sufrido explotación sexual y laboral.
El
beneficio, detallado en el decreto 1625/12 rubricado por el Gobernador José
Manuel de la Sota meses atrás, es extensivo a fundaciones,
asociaciones, Organizaciones no Gubernamentales y asociaciones intermedias
con personería jurídica que tengan como misión y objetivo abordar la
problemática de la Trata de Personas.
El
trámite para becas y ayudas económicas puede hacerse personalmente, o mediante
representante legal o responsable cuando se trate de menores de edad, en la
Secretaría de Asistencia y Prevención de la Trata de Personas, avenida General
Paz 70, séptimo piso. Para mayores consultas e información se puede llamar al
0351 4341056. En todo los casos, se preserva la confidencialidad del trámite y
las personas, según subrayan desde la secretaría.
La
solicitud deberá ser acompañada con el Formulario de Solicitud de Ayuda para
Personas Físicas; certificado de domicilio; fotocopia de documentación que
acredite la identidad (DNI, pasaporte, cédula o declaración jurada de
identidad); e informe socio económico otorgado por el área técnica de la
Secretaría de Asistencia y Prevención de la Trata de Personas, original y actualizado.
En
el caso que la ayuda económica sea para gastos derivados de la salud, se deberá
adjuntar certificado médico emitido por entidad oficial o privada con
diagnóstico y tipo de tratamiento, según la resolución N° 2 del organismo
publicado hoy en el Boletín Oficial.
En
el caso de las ayudas económicas para el desarrollo de microemprendimientos,
que apuntan a lograr la re-vinculación social y laboral, las solicitudes
deberán cumplimentar idénticas formalidades adjuntándose el proyecto.
Para
la solicitud de las becas para alumnos de establecimientos educativos públicos
o privados, según lo establecido en el mencionado decreto, a los antecedentes
ya detallados se le adicionará, la constancia de inscripción en los
establecimientos educativos. Los beneficiarios deberán acreditar mensualmente
constancia de asistencia emitida por el establecimiento educativo.
Para
tramitar ayudas económicas para personas jurídicas, los interesados deberán
presentar la Solicitud de Ayuda Económica para Personas Jurídicas; pedido
suscripto por la autoridad de la entidad y el carácter invocado; copia
certificada del DNI y certificado de domicilio en original del representante y
responsable de la rendición de cuentas; copia del estatuto social vigente que
acredite que su actividad se relaciona con la problemática derivada de la trata
de personas; acreditar que se hallan actualizadas las autoridades y asambleas
aprobatorias de estados contables anuales en Inspección de Personas Jurídicas o
autoridad competente.
A
la documentación mencionada deberán adjuntar programación completa del destino
y finalidad de la ayuda para evaluación de la Secretaría. Acordado el beneficio
la rendición de cuentas deberá ajustarse con la programación.
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