miércoles, 26 de junio de 2019

La AFIP extendió hasta el 31 de julio la posibilidad de refinanciar deudas a una tasa del 2,5% mensual

Prorrogó por un mes el beneficio para empresas que no estén inscriptas como pymes. Las compañías pequeñas y medianas tienen tiempo hasta el 31 de agosto para refinanciar con ese interés.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de julio la posibilidad de que los contribuyentes que no registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas(MiPyMES) puedan ingresar su deuda al plan de facilidades de pago de obligaciones vencidas con una tasa máxima del 2,5% mensual.

Este beneficio solamente alcanza a quienes ingresen como pago a cuenta el 20% del total de la deuda que pretendan cancelar.

El plazo original vencía el pasado martes y la nueva fecha está contemplada en la resolución general 4510 del Organismo, que se publicó en el Boletín Oficial.

El plan formó parte del combo de anuncios que efectuó el Gobierno a mediados de abril para intentar paliar la recesión. El beneficio incluía un plan de facilidades para las Pymes, a una tasa similar, que rige hasta el 31 de agosto.

En este caso, los contribuyentes que no están empadronados como MiPyMES en el registro del Ministerio de Producción y Trabajo pueden saldar deudas vencidas al 31 de enero de este año, La refinanciación incluye una cantidad máxima de 60 cuotas mensuales, mientras que el monto mínimo del pago a cuenta y de la cuota mensual es de $1.000.
Fuente:TN

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